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AP Burgos, Sec. 3.ª, 200/2013, de 30 de julio. Recurso 9/2013

Ponente: MARIA ESTHER VILLIMAR SAN SALVADOR
SP/SENT/733239
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 Resolución del contrato por hacerse efectiva cosa distinta de la contratada, por lo que es procedente la restitución de las recíprocas prestaciones
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ANTECEDENTES DE HECHO
1º: Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: "Que debo de estimar y estimo la demanda presentada por la procuradora Sra. Gil-Peralta Antolín, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del Edificio nº NUM000 de la DIRECCION000 de Burgos, contra la mercantil Aluminios Barriuso S.L. y en consecuencia debo de condenar y condeno a la demandada, a que pague a la actora la suma de cinco mil setecientos setenta y cuatro euros con dieciocho céntimos (5.774,18 €) así como a retirar en el plazo de un mes el cerramiento completo de la terraza del piso NUM001 NUM002 del edificio nº NUM000 de la DIRECCION000 de Burgos, que de no ejecutarse en el citado plazo se procederá su ejecución a su costa, mas los intereses legales y con expresa imposición de las costas a la parte demandada.
2º: Notificada la anterior resolución a las partes por la representación de Aluminios Barriusoº SL, se presentó escrito interponiendo recurso de apelación. Y dado traslado a la otra parte, presentó escrito de oposición a dicho recurso dentro del plazo que le fue concedido, acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.
3º: Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 7 de febrero de 2013 en que tuvo luga