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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 778/2013, de 22 de octubre. Recurso 1949/2012

Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
SP/SENT/743024
Gestión Documental
 El acusado debió limitarse a denunciar dejando a los institutos de persecución penal que actuaran en la finalidad que le es propia
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El Juzgado de Instrucción nº 1 de Valencia, instruyó Procedimiento Abreviado 15/2012 contra Eloy , por delito de descubrimiento y revelación de secretos, y una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Valencia, que con fecha 30 de mayo de 2012 dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: "En el mes de marzo de 2005, Eloy , cirujano plástico, mayor de edad y sin antecedentes penales trabajó para la entidad médico-quirúrgico. En el contrato firmado, el acusado se comprometió a no revelar durante la vigencia del contrato y después de su finalización ninguna información confidencial referente a los clientes, operaciones, instalaciones, cuentas o finanzas de la compañía, y a actuar con la mayor diligencia para evitar la publicación o revelación de cualquier información confidencial referente a estas materias, según se contiene en la cláusula decimosexta de dicho contrato. No obstante, poco después de su contratación el acusado percatado por su actividad profesional que alguna paciente tenía implantadas prótesis mamarias de una marca distinta a la que figuraban en la documentación de Corporación Dermoestética, procedió a tomar por sí mismo o a recabar de personal de la entidad las historias clínicas y de clientes, tanto intervenidas quirúrgicamente por él como por otros cirujanos, de forma que se hizo con copia de, al menos, 296 documentos, consistentes en comunicaciones habidas entre acusado y Corporación Dermoestética S.A. que se referían a las irregularidades detecta