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AP Badajoz, Mérida, Sec. 3.ª, 57/2016, de 6 de abril. Recurso 24/2016

Ponente: MARIA DOLORES FERNANDEZ GALLARDO
SP/SENT/854594
Gestión Documental
 Comisión del delito de amenazas por escribir de manera insistente mensajes a través de WhatsApp para amedrentar a la denunciante
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Mérida, se dictó el día 18 de diciembre de 2015 sentencia en el Juicio de Delito Leve número 42/15, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Que debo condenar y condeno a Aurelio , como autor de un DELITO LEVE DE AMENAZAS, del art.171.7 del CP a la pena de 2 meses multa con una cuota diaria de 6 euros y al pago de las costas del presente procedimiento.
Igualmente y de conformidad con lo establecido en el art. 57 del CP en relación con el art. 48 del mismo Cuerpo Legal , procede imponer al denunciado Aurelio la prohibición de aproximarse a Florinda , a su domicilio, lugar del trabajo, o cualquier otro en que la misma se encuentre a una distancia no inferior a 150 metros, así como comunicarse con ella por cualquier medio durante un período de seis meses".
SEGUNDO.- Notificada la referida sentencia a las partes, por don Aurelio se formuló recurso de apelación, que se admitió en ambos efectos y del que se dio el oportuno traslado a la otra parte, traslado no evacuado.
TERCERO.- Recibidos los autos originales en esta Sección, se formó el correspondiente rollo y se turnó de ponencia, correspondiendo a la Ilma. Sra. Magistrada Doña María Dolores Fernández Gallardo, pasando para resolver.
Se acepta el relato de hechos probados que contiene la resolución impugnada.
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