CARGANDO...

Derechos Reales

TS, Sala Primera, de lo Civil, 352/, de 18 de abril de 1995. Recurso 3091/1991

Ponente: RAFAEL CASARES CORDOBA
SP/SENT/356791
 Cuando la finca sobre la que se constituye la servidumbre de paso pertenece a varios propietarios, es necesario del consentimiento de todos para su otorgamiento
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Procurador de los Tribunales Sr. Plata Martín, en nombre y representación de D. Ángel Jesús formuló demanda de menor cuantía ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de los de Plasencia, contra D. Jose Miguel y su esposa Dª Asunción y contra D. Jon D. Juan Ramón Dª Dolores D. Joaquín y Dª Begoña sobre acción reivindicatoria, y tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación al caso, terminaba suplicando al Juzgado que, previos los trámites legales oportunos, dictara sentencia en su día, por la que: 1.- Se declarara que entre las fincas nº NUM000 y NUM001 ambas descritas en el hecho primero de la demanda (apartado A) y apartado B)), no existe servidumbre de paso, en que la finca nº NUM001 sea sirviente y dominante la finca nº NUM000 2.- Condenar a los demandados a estar y pasar por la precedente declaración, y a que procedan al cierre de la puerta que han abierto para comunicar las fincas nº NUM000 y NUM001 3.- Condenar a los demandados a reponer la ventana de la fachada principal que da a la planta baja de la finca nº NUM000 de los demandados, que han convertido en puerta recientemente, y que se determina en el hecho cuarto, in fine, de nuestra relación fáctica; reponiendo la fachada en la misma forma ornamental y estructural que tenía con anterioridad a las obras de conversión de la ventana en puerta. 4.- Condenar en las costas del juicio a los demandados de no allanarse a la demanda.
Admitida la demanda y emplazados los demandados, conte
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos