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Derechos Reales

TS, Sala Primera, de lo Civil, 448/2007, de 25 de abril. Recurso 3709/2000

Ponente: IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTA
SP/SENT/370212
 La jurisdicción civil es competente para conocer de la acción declarativa de dominio de una finca afectada por el deslinde administrativo de una zona de costa
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Primera Instancia Número 7 de los de Cádiz conoció el juicio de menor cuantía número 3450/1998 seguido a instancia de doña Luisa , doña Consuelo y doña Ariadna .
Por Luisa , Consuelo y Ariadna se formuló demanda en base a cuantos hechos y fundamentos de derecho estimaron de aplicación, para terminar suplicando al Juzgado: "dicte Sentencia por la que estime la demanda y: -Declare que, por no tener el inmueble de las actoras características configuradoras de bien de dominio público marítimo-terrestre, es de dominio privado, declarando la propiedad de las actoras sobre el mismo de conformidad con cuanto consta en sus títulos de propiedad.- Declare la ineficacia o nulidad de la O.M. de 12 de Enero de 1993 en cuanto califica como bien de dominio público el inmueble de las actoras, condenando al Estado a realizar un nuevo deslinde en la zona que excluya del dominio público las parcelas de las actoras.- Subsidiariamente, para el supuesto hipotético que, no obstante, se estimase que este inmueble de las actoras tiene características que le haga merecer la calificación de bien de dominio público, declare que las actoras han ostentado sobre el mismo un derecho de propiedad inscrito y excluído del dominio público según deslinde anterior que les atribuye el derecho de indemnización mediante atribución de concesión según lo dispuesto en las disposiciones transitorias de la Ley de Costas, condenando al Estado en tal sentido.- Declare, igualmente para el caso de
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