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Derechos Reales

AP Las Palmas, Sec. 4.ª, 132/2011, de 3 de abril. Recurso 353/2010

Ponente: MARGARITA HIDALGO BILBAO
SP/SENT/645742
 Inviabilidad de la acción de deslinde por demandarse a los anteriores propietarios, sin constar quiénes son los titulares de las fincas continuas a las reivindicadas, siendo lo que se transmite una finca identificada, catastrada a nombre del actor
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia No. 2 de Arucas (Las Palmas), se dictó sentencia, en los autos de juicio ordinario no 648/2007, cuya parte dispositiva literalmente establece:
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. Jonathan Suárez Álamo, DECLARO JUSTIFICADA LA PROPIEDAD DE D. Elias sobre las fincas siguientes: CASA DE UNA PLANTA Y TERRENO ANEXO, en el lugar que se denomina casas viejas,número NUM000 , en la zona de la Erilla, Lomo de los Santos, término municipal de Tejeda, con superficie de 80 metros cuadrados, Linda: al Norte así como al Poniente, con serventía de paso o camino sin especial denominación, al Naciente, con d. Landelino , hoy d. Luciano y herederos de d. Mariano ; y al Fondo o Sur, con terrenos de herederos de d. Mariano .
SOLAR AL QUE SE DENOMINA BAJO DE LAS CASAS VIEJAS, sin concretar la numeración de gobierno en la zona de la Erilla, con una superficie aproximada de cincuenta metros cuadrados, que de reciente medición tiene 57 metros cuadrados. Linda: Al Frontis o Naciente, con serventía o camino sin especial denominación; a la derecha o Norte con terrenos de D. Nicanor , hoy Da. Sandra ; a la Izquierda o sur con terrenos de herederos de D. Mariano , y al fondo o Poniente con la casa descrita anteriormente.
Líbrese mandamiento al Registrador de la Propiedad de Las Palmas que corresponda, a fin de proceder a la inmatriculación de las citadas fincas a n
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