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Derechos Reales

AP Álava, Sec. 1.ª, 86/2012, de 27 de febrero. Recurso 573/2011

Ponente: IÑIGO MADARIA AZCOITIA
SP/SENT/674472
 Práctica del deslinde atendiendo a la descripción y delimitación de las fincas que consta en el catastro
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Vitoria, se dictó sentencia cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:
" 1º . Se acuerda estimar parcialmente la demanda presentada por el Procurador D. Miguel Ángel Echavarri Martínez en nombre y representación de D. Higinio contra D. Landelino , reconociendo el derecho de las partes a realizar el deslinde de las fincas colindantes sin expresa condena al pago de las costas.
2º . Se acuerda estimar íntegramente la demanda presentada por el Procurador D. Iñaki Beltrán Arteche en nombre y representación de D. Landelino contra D. Higinio y su esposa con los pronunciamientos siguientes:
1º. Se reconoce el derecho de D. Landelino , como titular de la finca de la finca inscrita en el Registro de la Propiedad, Tomo NUM000 , Libro NUM001 , de Labastida, folio NUM002 , finca NUM003 duplicado, inscripción 11º, (Parcela NUM004 , polígono NUM005 ), a que sea deslindada su propiedad por el lindero Norte, en cuanto a la linde con la finca Don. Higinio y su esposa.
2º. Dicho deslinde debe realizarse en función de los títulos de propiedad de ambas partes, o, en su caso, de ser insuficiente la cabida conjunta y debidamente acreditada por el demandado la recogida en su título de propiedad, según las reglas de proporcionalidad que se recogen en el Fundamento de derecho V de la presente reconvención.
3º. Se recon
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