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Derechos Reales

TS, Sala Primera, de lo Civil, 83/2013, de 15 de febrero. Recurso 1693/2010

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
SP/SENT/707127
 La apertura de una cuenta corriente bancaria a nombre de dos o más personas no implica por sí sola la existencia de un condominio, que vendrá determinado únicamente por la propiedad originaria de los fondos o numerario de que se nutre dicha cuenta
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 En ningún momento el demandado ha dejado de ser dueño del dinero y la actora nunca ha dispuesto del mismo en exclusiva, lo que impide reconocerle a la recurrente una posesión a título de dueña, excluyente de otra posesión
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- 1.- La procuradora doña Nancy Ruys Van Noolen, en nombre y representación de doña Margarita , interpuso demanda de juicio ordinario, contra don Romualdo y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que:
A) Se declare que la mitad de la suma de 320.000 Euros que el Sr. Romualdo sacó de la cuenta la cuenta corriente de la Banca March número NUM000 , el día 13 de marzo de 2008 era propiedad de la actora, Margarita .
B) Declarar que el crédito frente la entidad MUNDIFOREST, S.L. que a día de hoy asciende a 200.000 Euros pertenece por mitad a cada uno a la actora y al demandado.
C) Declarar asimismo que el automóvil marca "BMW" matrícula ....-FLV , que figura a nombre Don Romualdo es propiedad por mitad a cada uno del citado y de la actora.
D) Condenar al demandado a estar y pasar por las anteriores declaraciones y todas sus consecuencias legales, esto es, a pagar a la actora la suma de 160.000 Euros correspondiente al 50 % de la cantidad extraída de la "Banca March" el 13 de marzo de 2008, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la presente demanda.
H) Dado el carácter indivisible del automóvil "BMW", matrícula ....-FLV , proceder a la división de dicha propiedad común, con venta en subasta del mismo y admitiendo c
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