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Derechos Reales

AP Madrid, Sec. 11.ª, 158/2015, de 28 de mayo. Recurso 330/2014

Ponente: ANTONIO GARCIA PAREDES
SP/SENT/819044
 Naturaleza de la servidumbre de vistas, estamos, ante una servidumbre negativa, pues aquí los huecos están abierto en pared del predio dominante y no invaden el fundo ajeno porque no está dentro de él
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 Condena a la Comunidad a realizar las obras necesarias para devolver la pared a su estado anterior a la realización de la apertura de los huecos y ventanas, no ha transcurrido el plazo de 20 años para la usucapión
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 16 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 24/04/2013 , cuyo fallo es del tenor siguiente: ""Que estimando la excepción de prescripción de la acción, se desestima íntegramente la demanda interpuesta por el procurador, don Ignacio Argos Linares, quien actúa en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 Nº NUM000 - NUM001 DE MADRID y se absuelve de la misma a los demandados COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 Nº NUM002 DE MADRID; don Everardo y su esposa doña Bárbara ; doña Natalia ; don Miguel y don Anibal , con imposición de las costas de este juicio a la parte demandante.""
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 , números NUM000 - NUM001 de MADRID, fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria. La representación de Don Everardo y Doña Bárbara , la representación de Don Miguel , y la representación de Don Anibal presentaron escritos oponiéndose al referido recurso y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
TERCERO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. Planteamiento de la apelación.
Se inicia el procedimiento con demanda en la que la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO Nº NUM000 - NUM001 de la calle CALLE000 , en Madrid, se dirige contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 Nº NUM002 , y contra las personas físicas D. Everardo y su esposa Dª Bárbara , D. Geronimo y su esposa Dª Paula , Dª Natalia , D. Miguel y D. Anibal para que se declare por el juzgado la inexistencia de servidumbre de luces y vistas y se condene a los demandados a cerrar los huecos abiertos en la pared contigua y a adaptar las ventanas abiertas a las medidas y distancias del artículo 581 del Código Civil .
La sentencia de primera instancia desestimó la demanda al considerar que la acción ejercitada en la demanda había prescrito al haber transcurrido más de veinte años desde que los huecos fueran abiertos en la pared hasta la presentación de la demanda el 2 de julio de 2009.
Contra dicha resolución la Comunidad de Propietarios demandante interpuso recurso de apelación en el que expuso como motivos de impugnación los siguientes: 1) Infracción de los artículos 581 , 582 y 583 del Código Civil , por permitir apertura de huecos y ventanas sin respetar las medidas y distancias legales; 2) Error de derecho al considerar la servidumbre de luces establecida como servidumbre positiva , alterando así el cómputo del plazo de prescripción; 3) Error en la valoración de la prueba, al no h
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