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AP Cáceres, Sec. 1.ª, 811/2020, de 5 de octubre. Recurso 382/2020

Ponente: ANTONIO MARIA GONZALEZ FLORIANO
SP/SENT/1072714
 No puede negarse la legitimación activa del presidente del consejo rector de la cooperativa para instar la resolución del arrendamiento cuando este actúa en representación de dicho consejo
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 Acreditada la oposición manifiesta de la cooperativa a que el arrendador continúe en la posesión de la finca, no puede acogerse la tácita reconducción
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 3 de Cáceres, en los Autos núm. 136/19, con fecha 4 de febrero de 2020, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: ESTIMO LA DEMANDA interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Ana María Collado Díaz, en nombre y representación de COOPERATIVA DE VIVIENDA VIRGEN DE LA ROMANA S.C.L, frente a D. Teodoro y, en consecuencia, DECLARO RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO existente entre las partes respecto de la finca rústica ubicada en Piedras Albas, inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcántara, al tomo NUM000, Libro NUM001, folio NUM002, finca registral NUM003, referencia catastral número NUM004, Polígono NUM005 Parcela NUM006, conocida como " DIRECCION000" y CONDENO al demandado a estar y pasar por dicha resolución así como a restituir la posesión de la finca objeto del arriendo en plazo legal, con apercibimiento de proceder al desalojo forzoso si no lo abandona voluntariamente.
Todo ello con imposición de las costas causadas a la parte demandada."
SEGUNDO .- Frente a la anterior sentencia y por la representación procesal del demandado se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, se tuvo por interpuesto y, de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C., se emplazó a las partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición o, en