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TS, Sala Primera, de lo Civil, 586/2020, de 10 de noviembre. Recurso 6118/2019

Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
SP/SENT/1072950
 En el requerimiento extintivo al que se hace expresa referencia en la demanda se citó expresamente el art. 1571 CC, además de otros hechos de la intención de finalizar el arriendo, por lo que la sentencia recurrida no incurre en incongruencia
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 No concurre la tácita reconducción, consta la voluntad expresa del comprador de dar por finalizado el arrendamiento, sin que este excluida por pacto en contrario según art. 1571 CC
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- La procuradora D.ª María Luisa Montero Correal, en nombre y representación de Tanji Gestión, S.L.U., interpuso demanda de juicio verbal contra Merka Star, S.L., en la que solicitaba se dictara sentencia:
"[...] por la que:
a) Condene a Merka Star, S.L., a desalojar el Local sito en la planta tercera del Edificio ubicado en el número 36 de la Calle Gran Vía (Madrid) dejándolo libre, expedito y a disposición de Tanji Gestión, S.L.U., con apercibimiento de lanzamiento si no lo verificare.
b) Condene a Merka Star, S.L. al pago de las costas de este procedimiento".
2.- La demanda fue presentada el 5 de diciembre de 2017, y repartida al Juzgado de Primera Instancia n.º 47 de Madrid, se registró con el n.º 107/2019. Una vez fue admitida a trámite, se procedió al emplazamiento de la parte demandada.
3.- El procurador D. José Miguel Sempere Meneses, en representación de Merka Star, S.L., contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitaba al juzgado:
"[...] se sirva dictar resolución por la que, con estimación de la excepción de inadecuación de procedimiento archive el presente proceso con condena en costas, y en caso de entrar a conocer el fondo del asunto, dicte sentencia desestimando íntegramente la demanda, con condena en costas