AP Cantabria, Sec. 4.ª, 101/2016, de 23 de febrero. Recurso 397/2015
Ponente: JOAQUIN TAFUR LOPEZ DE LEMUS
SP/SENT/852371
El pacto "duración indefinida" y "prórroga forzosa a instancias del arrendatario", tiene los mismos efectos de duración de un arrendamiento de local, por lo que finalizó a los 20 años LAU94
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. - Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 7 de Santander, en los autos de referencia, se dictó sentencia con fecha 23 de junio del 2015 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación legal de D. Estibaliz , contra D. Nazario ; debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes, condenando a éste a que desaloje y deje libre y a disposición de la actora el local comercial sito en la calle San Francisco Nº 15, bajo de Santander, en el plazo legal a partir de que esta sentencia sea firme, bajo apercibimiento de lanzamiento, haciéndole expresa condena en costas" .
SEGUNDO .- Contra dicha sentencia la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia; y tramitado el mismo se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido, por turno de reparto, a esta Sección, donde tras la deliberación y el fallo del recurso, quedaron las actuaciones pendientes de dictarse la resolución correspondiente.
TERCERO. - En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para resolver el recurso, en razón a la existencia de otros asuntos civiles señalados