CARGANDO...

AP Barcelona, Sec. 13.ª, 252/2016, de 1 de junio. Recurso 460/2015

Ponente: MARIA DEL PILAR LEDESMA IBAÑEZ
SP/SENT/871153
 Estimación del desahucio por precario pues la demandada no cumplía con los requisitos del DT segunda para la subrogación al no haber convivido dos años con el arrendatario al ser su pareja de hecho
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada , es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que estimando íntegramente la demanda deducida por Florentino y Josefina representados por el procurador Sr. Pérez San Pedro contra Aurelia e Ignorados ocupantes DE LA FINCA SITA EN CALLE000 Nº NUM000 , NUM001 puerta NUM002 DE ESTA CIUDAD, DEBO DECLARAR que los demandados ocupan la vivienda en situación de precario y
DEBO CONDENAR Y CONDENO a estos últimos a que DESALOJEN el referido inmueble, dejándolo libre, vacuo y a disposición de la actora, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hacen dentro del plazo legalmente establecido condenando igualmente a los demandados al abono de las costas".
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 1 de junio de 2016 .
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. M. PILAR LEDESMA IBAÑEZ .
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO .- Las actuaciones de las que dimana el presente rollo de apelación se iniciaron en virtud de demanda de juicio verbal de desahucio por precario que, tras las aclaraciones efectuadas al inicio del juicio, se tuvo por interpuesta por la representación procesal de D. Florentino y Dª Josefina , en su condición de copropietarios de la vivienda situada en la CALLE000 nº NUM000 , NUM001 puerta NUM002 de Barcelona.
Dicha demanda se interpuso contra Dª Aurelia e ignorados ocupantes de dicha finca, habiendo comparecido la Sra. Aurelia .
Esta demandada se opuso a la demanda defendiendo que ocupa lícitamente en virtud de la autorización que le concedió el anterior arrendatario de la misma, D. Andrés , que era su pareja de hecho y con quien convivía, el cual falleció el 20 de noviembre de 2013 sin que, pese a haberlo intentado, la propiedad le dejara subrogarse.
Seguido el juicio por sus trámites, en fecha 5 de febrero de 2015 se dictó sentencia por el Juzgado de Primera Instancia nº 26 de los de Barcelona estimando la demanda, declarando haber lugar al desahucio por precario y condenando a la demandado, y a cualquier otra persona que junto a ella ocupe la vivienda, al desalojo de la expresada finca y al pago de las costas procesales.
Por la representación procesal de la Sra. Aurelia se interpone recurso de apelación reiterando en esta alzada las mismas alegaciones ya formuladas en oposi