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TS, Sala Primera, de lo Civil, 574/2018, de 16 de octubre. Recurso 449/2016

Ponente: ANTONIO SALAS CARCELLER
SP/SENT/974406
 Cosa juzgada: Segundo proceso en que se solicita la declaración de una fecha para la extinción del contrato, habiendo sido resuelta la cuestión en proceso anterior
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- La representación procesal de Peromoinver, S.L., interpuso demanda de juicio ordinario contra la sociedad Loewe Hermanos, S.L., y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia estimando íntegramente la demanda, por la que se declare:
«...que el contrato de arrendamiento concertado entre los causantes de mi mandante y la sociedad LOEWE HERMANOS, S.A., en 1 enero 1987 tiene una duración máxima de treinta años, por cuyo motivo se extinguirá en 1 enero 2017, fecha en la cual deberá desalojarlo y dejarlo libre, vacuo y expedito a disposición de esta parte.»
2.- Admitida a trámite la demanda, la representación procesal de la demandada contestó a la misma, oponiendo a las pretensiones deducidas de adverso los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por conveniente para concluir solicitando que dicte sentencia:
«..dicte Sentencia por la que estimando íntegramente la Excepción Procesal de Cosa Juzgada y/o en base a los Hechos y Fundamentos de Derecho expuestos en el presente escrito, desestime íntegramente la demanda formulada de contrario, condenando a la parte actora al pago de todas las costas causadas, por su evidente temeridad y mala fe.»
3.- Previos los trámites procesales correspondientes y práctica de la prueba propuesta por las partes y admitidas, el Ilmo. Sr. Magistrado-J