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SP/DOCT/111792

Artículo Monográfico. Mayo 2021

La reconstrucción de los monumentos como imperativo constitucional

Jesús Mª García Calderón. Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Miembro de la Asociación de Fiscales. Presidente de la Comisión de Monumentos de la Real Academia de Bellas Artes de Granada
RESUMEN

La Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español estableció en su artículo 39.2 un régimen administrativo muy restrictivo para autorizar la restauración monumental. Esta interpretación ha sido uno de los más grandes errores cometidos en el discurso legal sobre el Patrimonio Histórico sostenido en España después de la promulgación de la Constitución de 1978 con un efecto muy negativo sobre espacios históricos de un inmenso valor que no han sido respetados o se han perdido de forma innecesaria. Al margen de su posible reforma, este precepto se ha visto superado por la legislación nacional e internacional y por la doctrina de la UNESCO, reclamando con urgencia una nueva interpretación conforme a una correcta lectura constitucional de los bienes culturales.

Article 39.2 of Law 16/1985 on Spanish Historical Heritage established a very restrictive administrative regime for authorising monumental restoration. This interpretation has been one of the greatest errors committed in the legal discourse on Historical Heritage sustained in Spain after the promulgation of the 1978 Constitution, with a very negative effect on historical spaces of immense value that have not been respected or have been lost unnecessarily. Apart from its possible reform, this precept has been overtaken by national and international legislation and by UNESCO's doctrine, urgently calling for a new interpretation in accordance with a correct constitutional reading of cultural goods.

PALABRAS CLAVE

Patrimonio Histórico, reconstrucción monumental, redestrucción de los monumentos, anastilosis, teoría de los bienes culturales, Principio de Incompatibilidad de los espacios culturales.

Historical Heritage, monumental reconstruction, redestruction of monuments, anastylosis, cultural property theory, Principle of Incompatibility of historical spaces.

I. La reconstrucción monumental en España
Desde que comencé a interesarme por el análisis científico de los bienes culturales, siempre me sorprendió la convicción crítica mostrada por los estudiosos de un mayor nivel para considerar la tajante prohibición de reconstruir cualquier monumento, con algunas severas excepciones casi de imposible cumplimiento. Esta interpretación restrictiva de la conservación monumental ha sido, quizá, uno de los más grandes errores cometidos en el discurso legal sobre el Patrimonio Histórico sostenido en España después de la promulgación de la Constitución de 1978 con un efecto, no pocas veces, francamente devastador sobre bienes y espacios emblemáticos que no han sido respetados o incluso se han perdido, en mi opinión, de forma totalmente innecesaria. No se ha tratado, en modo alguno, de una conducta negligente o deliberada, sino de una manera errónea de cumplir, inducida por la normativa cultural, el mandato constitucional que impone la diligente conservación de los más relevantes bienes culturales que forman parte de nuestra convivencia.
Es cierto que la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español (en adelante LPHE) estableció en su artículo 39 -->