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AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 4.ª, de 4 de marzo de 2020. Recurso 296/2017

Ponente: CARMEN ALVAREZ THEURER
SP/SENT/1045731
 La adscripción a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes produce efectos desde su notificación en procedimiento previo y autónomo del procedimiento inspector, por lo que no causa indefensión al ser ya conocedora del hecho
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 Los datos determinantes de la regularización fueron facilitados por la obligada tributaria durante las actuaciones, lo que evidencia que ya obraban ya su poder y no obstante los omitió en su declaración-ingreso
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- In terpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba que " se dicte Sentencia por la que se estime en su integridad el presente recurso, y se anule la Resolución desestimatoria del Tribunal Económico Administrativo Central impugnada y los actos de los que trae causa".
SEGUNDO.- El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que desestime el recurso.
TERCERO.- Pr esentados los respectivos escritos de conclusiones, quedaron los autos pendientes de señalamiento; se señaló para votación y fallo del recurso el día 26 de febrero de 2020, en cuya fecha ha tenido lugar.
Ha sido Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. Carmen Álvarez Theurer, quien expresa el parecer de la Sala.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El presente proceso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la Resolución del TEAC de fecha 9 de mayo de 2017, que estima en parte la reclamación deducida contra el acuerdo de resolución del procedimiento sancionador dictado el 16 de enero de 2014 por la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, derivado de las liquidaciones por el IRPF ejercicios 2007, 2008, 2009 y 2010.
La resolución del TEAC estima parcialmente la reclamación económico-administrativa número NUM000, interpuesta contra el acuerdo sancionador por la comisión de cuatro infracciones tributarias tipificadas en el artículo 191 de la LGT, derivado del acta de conformidad número NUM001, por la cuantía de 190.493,04 euros. El TEAR confirma la resolución impugnada en lo que afecta a las sanciones impuestas por las infracciones cometidas en los períodos 2008, 2009 y 2010, y estimar la reclamación en lo que se refiere a la sanción impuesta por la infracción cometida en el período 2007, consecuentemente, minora el importe total de las sanciones impuestas en la cuantía correspondiente al ejercicio 2007 quedando fijada en 179.907,36 euros.
SEGUNDO.- El actor solicita en la demanda la anulación de la resolución recurrida y de la sanción de la que deriva, alegando en apoyo de tales pretensiones:
-La nulidad de la resolución sanci