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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 3.ª, 286/2021, de 1 de marzo. Recurso 3057/2019

Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
SP/SENT/1089101
 La labor de comprobación o verificación que lleva a cabo la Administración de las subvenciones no constituye un procedimiento autónomo diferenciado en fases y no está sujeto a plazo de caducidad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Confederación de Asociaciones Empresariales de las Baleares (CAEB) interpuso recurso contencioso-administrativo contra las siguientes resoluciones:
- Resolución de 11 de abril de 2016 del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria, dictada por delegación del Presidente del SOIB, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución del Presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares de 3 de diciembre de 2015 por la que se fijaba el importe definitivo de liquidación de la subvención otorgada a CAEB y se ordena el reintegro por un importe de 138.195,78 euros de los cuales 107.572,92 corresponden a importe no justificado y 30.622 a intereses de demora en relación con la subvención expediente CI0006/2008.
- Resolución de 11 de abril de 2016 del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria, Presidente del SOIB por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución del Presidente del Servicio de Ocupación de liles Balearse de 3 de diciembre de 2015 por la que se fija la liquidación de la subvención del CAEB y se ordena el reintegro de la cantidad de 87.012,19 euros de los cuales 71.969,03 corresponden a un importe no justificado y 15.043,26 euros a intereses de demora en relación con la subvención expediente C1 04/2008."
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Palma de Mallorca dictó sentencia con fecha 14 de septiembre de 2019 (procedi