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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 1162/2021, de 23 de septiembre. Recurso 6715/2020

Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
SP/SENT/1116766
RESUMEN

Responsabilidad patrimonial de la Administración de Justicia: prisión preventiva (art. 294 LOPJ). Supuesto de sobreseimiento libre por prescripción del delito debido a la paralización del procedimiento penal ajena al acusado.

 Prisión preventiva seguida de archivo de la causa por prescripción del delito: también dan lugar a indemnización por responsabilidad patrimonial siempre que no fuera el propio reclamante quien propició la prescripción
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Objeto del proceso en la instancia.-
La Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional dictó sentencia de fecha 16 de septiembre de 2020, desestimatoria (con un voto particular) del P.O. 452/18, interpuesto contra la resolución -26 de marzo de 2018- de la Secretaría de Estado de Justicia (por delegación del Ministro) que le denegó la indemnización por prisión preventiva indebida.
El apartado 6.5 del F.D. Sexto de la sentencia declara: "" La Sala, se ha pronunciado recientemente acerca del supuesto que ahora plantea el demandante, en el sentido de entender que no procede indemnización alguna en estos supuestos ( Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia de 1 de julio de 2020, Rec. 397/2018). Entonces la Sala razonó que:
"4.2 En conclusión, el TC, en la depuración que ha efectuado de dos incisos del art. 294 de la LOPJ y partiendo de la objetiva finalidad resarcitoria que da a dicho precepto, viene a establecer un derecho objetivo (pero no automático) a ser indemnizado, con base a la privación de libertad por prisión preventiva adoptada legalmente (si se defendiera que no lo había sido, entraríamos de lleno en el marco del art. 293 de la LOPJ y en el supuesto del error judicial), en casos de absolución o sobreseimiento libre, firmes, derecho que, por imperativo del art. 14 de la CE, se establece independientemente de