CARGANDO...

TC, Pleno, 72/2015, de 14 de abril

Ponente: Pedro González-Trevijano
SP/SENT/812840
 Inadmisión del recurso de casación por incumplir las exigencias del escrito de preparación establecidas por el Tribunal Supremo; el auto de inadmisión constituye un ejercicio legítimo de las facultades interpretativas que el art. 123 CE
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
I. ANTECEDENTES
1. El 8 de enero del 2013 tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal el escrito presentado por el Procurador de los Tribunales don Felipe Segundo Juanas Blanco, actuando en nombre y representación de Pegasa 2, S.L., y bajo la dirección letrada del Abogado don Jordi Ponsá Serrano, mediante el cual interpuso recurso de amparo contra las resoluciones judiciales que se mencionan en el encabezamiento.
2. Los hechos en que se funda la demanda de amparo son los siguientes:
a) Pegasa 2, S.L., e Inversiones Gampell 2, S.L., interpusieron recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central, de fecha 11 de septiembre del 2008, relativo al ejercicio del año 2000 del impuesto de sociedades. La cuantía del recurso quedó fijada en 872.082,23 €.
b) Seguido el procedimiento por sus trámites, con el núm. 001, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Segunda) dictó, en fecha 10 de noviembre de 2011, Sentencia desestimatoria de las pretensiones de las recurrentes.
c) Mediante escrito presentado el día 13 de diciembre del 2011, Pegasa 2, S.L., formuló escrito de preparación del recurso de casación contra la Sentencia recaída en la instancia. En dicho escrito puso de manifiesto la intención de interponer recurso de casación y, a su vez, indicó que el recurso iba