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SP/DOCT/116715

Notas y Comentarios. Abril 2022

¿Cuándo hay que pagar plusvalía (IIVTNU)?

Samuel de Huerta Hernández. Director de Sepín Fiscal. Abogado
RESUMEN

Desde la STC del 26 de octubre del 2021, en las transmisiones inter vivos o mortis causa de inmuebles,¿ hay que pagar plusvalía municipal?

PALABRAS CLAVE

Plusvalía municipal; IIVTNU;

Introducción
Una de las preguntas que aparecen con mayor frecuencia en las transmisiones inter vivos o mortis causa de inmuebles es, ¿hay que declarar y pagar la plusvalía municipal?.
Antecedentes
Hace tiempo conocen los Ayuntamientos la improcedencia y alta probabilidad de impugnación en aquellas liquidaciones giradas por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana en supuestos en los que la transmisión se efectuaba con pérdidas o con ganancias muy cercanas a la cuota del impuesto, lo que equivale a un saldo cero o negativo.
¿Qué hicieron entonces los Consistorios?
Si bien la gran mayoría adaptaron su sistema de declaración y liquidación del tributo a las distintas resoluciones judiciales favorables a los administrados, permitiendo la declaración de una cuota cero en los citados supuestos, otros eliminaron de raíz la posibilidad de autoliquidación de la plusvalía, lo que suponía quitar a los contribuyentes la posibilidad de declarar una cuota cero para que, en el caso de no estar conforme con la liquidación administrativa realizada, primero pagar (o suspender aportando las correspondientes garantías) para posteriormente impugnar la liquidación tributaria en el plazo de un mes desde su notificación, siendo una actividad más que cuestionable desde el punto de la prestación de una correcta administración.
Entre tanto, en el Boletín Oficial del Estado del pasado 25 de noviembre de 2021 se publicó la sentencia 182/2021 del Pleno del Tribunal Constitucional, de 26 de octubre de 2021 que, en resumen, finiquitaba el Impuesto declarando la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Nueva sentencia, nuevo contexto.