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TS, Sala Primera, de lo Civil, 105/2022, de 8 de febrero. Recurso 4625/2018

Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
SP/SENT/1132338
RESUMEN

Litisconsorcio pasivo necesario. Venta de bien hecha conjuntamente por los padres a un hijo. Acción de resolución contractual por incumplimiento por falta de pago del precio ejercida solo por uno de los vendedores después del divorcio.

 Compraventa de una nave hecha conjuntamente por los padres a un hijo, ante la falta de pago del precio uno de los vendedores ejercita la resolución, apreciando la sala litisconsorcio pasivo necesario pues la otra vendedora debe estar en el proceso
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1. D. Diego interpuso demanda de juicio ordinario contra D. Eugenio, en la que solicitaba se dictara sentencia por la que se declare:
"1º) La resolución del contrato de compraventa celebrado en fecha 20 de Febrero de 1993 entre Don Diego y D.ª Macarena y Don Eugenio acompañado como documento nº 1 a la presente demanda, celebrado ante el Notario de Catarroja Don Francisco Javier Molpeceres Oliete, nº 2621/2 de su Protocolo;
"2º) Que el demandado debe reintegrar a mi mandante el inmueble, esto es:
"-Restituyendo el demandado a mi mandante la posesión del inmueble;
"Nave industrial sita en Albal (Valencia), C/ La Señera nº 17 de policía y C.P: 46470, con referencia catastral 2944903YJ2624S0001JJ.
""URBANA finca registral nº NUM000 Tomo NUM001, Libro NUM002, Folio NUM003, Inscripción 2 del Registro de la Propiedad de Picassent-Dos".
"3º) Que el demandado debe reintegrar a mi mandante los intereses pactados, esto es:
"-Intereses pactados según la cláusula de compraventa tercera.
"4º) Que el demandado debe abonar a mi mandante todos los gastos por éste satisfechos como consecuencia del pago por parte de mi mandante del Impuesto de Bienes Inmue