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TS, Sala Primera, de lo Civil, 322/2018, de 30 de mayo. Recurso 2102/2015

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/SENT/955254
 La cláusula suelo/techo incluida en el préstamo hipotecario concertada con la promotora inmobiliaria supera el control de incorporación puesto que resulta clara, concreta, sencilla y comprensible
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia 
1. El procurador Carlos Cabo Silva, en nombre y representación de la entidad Soriebla S.L., interpuso demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Lugo, contra la entidad Novagalicia Banco S.A. (antigua Caixa Galicia), para que se dictase sentencia: «en la que se declare: »- La nulidad de la cláusula suelo limitativa del tipo de interés variable del contrato, insertada en el apartado tercero bis de la Escritura de Constitución de Préstamo con Garantía Hipotecaria otorgada ante el Notario de Lugo D. José Manuel López Cedrón con fecha 9 de abril de 2007 el nº 1628 de su protocolo suscrita entre Soriebla S.L. y Caixa Galicia (actual Novagalicia Banco), y por lo tanto, se tenga por no puesta o inexistente, manteniendo la vigencia del contrato sin el citado límite mínimo. »Y condene a la entidad demandada a: »- Aplicar los tipos de interés pactados en el Escritura de Constitución de Préstamo con Garantía Hipotecaria otorgada ante el Notario de Lugo D. José Manuel López Cedrón con fecha 9 de abril de 2007 y nº 1628 de su protocolo (Euribor + 0,50 en la fase de carencia, y Euribor + 0,75 en la fase de amortización) sin la cláusula suelo que limita el tipo de interés a un mínimo del 3,75% y 3,25 respectivamente). »- La devolución de las cantidades cobradas indebidamente desde el 1 de junio de 2010, que ascienden a 13.607,47 €; o a la cantidad que resulte después de la prueba practi