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SP/DOCT/19438

Artículo Monográfico. Marzo 2015

Estancia en España: visados y autorizaciones

Francisco Javier Fuertes López. Doctor en Derecho. Magistrado suplente. Alberto Palomar Olmeda. Profesor titular (acreditado) de Derecho administrativo
¿Cuáles son las situaciones en las que puede estar un extranjero en España?
Conforme determina el art. 29.1 LOEx., los extranjeros podrán encontrarse en España en las situaciones de estancia o residencia.
Se trata de los tipos básicos de situaciones legales (o regulares) de los extranjeros por oposición a la situación irregular, como aquella que no encuentra amparo en los diferentes supuestos para la presencia de extranjeros en territorio nacional.
A cada uno de estos supuestos básicos le corresponde un tipo de autorización que, en función de las características y motivos que dan lugar y justifican esa presencia, determinará los requisitos que se exigen para ella.
De manera general, se puede establecer:
Estancia: es la permanencia en territorio español por un período de tiempo no superior a 90 días.
De forma general, y sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 33 de la propia LOEx. para la admisión a efectos de estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado (tal y como señala el art. 30 LOEx.).
En la regulación que el RLOEx. realiza de la estancia distingue entre la "estancia de corta duración" (arts. 20 a 36 RLOEx.) y la "autorización de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado" (arts. 37 a 44).
Residencia: