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SP/DOCT/73210

Artículo Monográfico. Abril 2018

Adquisición de la nacionalidad española por residencia: presupuestos prácticos para la tramitación de expedientes

Dr. Alfonso Ortega Giménez. Director del Observatorio Provincial de Inmigración de Alicante. Doctor en Derecho. Juan Manuel Masanet Fernández. Presidente de la Sección de Extranjería del Ilustre Colegio de Abogados de Elche
Introducción
El presente trabajo tiene como objetivo explicar de manera práctica el procedimiento de obtención de la nacionalidad española por residencia sobre la base de la nueva legislación sobre la materia, desde el requisito del tiempo mínimo de residencia legal hasta la deseada fase final de la obtención del Documento Nacional de Identidad, medio acreditativo de la nacionalidad española para cualquier persona.
I. Planteamiento
El nuevo procedimiento administrativo de tramitación de expedientes para la adquisición de la nacionalidad española por residencia en el Reino de España es la principal novedad, desde el pasado 15 de octubre de 2015 que afecta a los procedimientos actuales que entren en los despachos profesionales.
Indicar que todos los expedientes de Nacionalidad por Residencia con entrada en el Ministerio de 2015 (aunque se iniciaran en el Registro Civil competente en 2014) y posteriores tanto presencialmente, como por la Sede Electrónica, han de ser dadas de alta en la nueva aplicación de gestión de expedientes de nacionalidad por residencia, para ello se ha firmado la Resolución de 14 de marzo de 2017, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica la encomienda de gestión al Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para la tramitación de expedientes de nacionalidad por residencia.
El 29 de septiembre de 2015 se publica la Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la aplicación de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, es que la que nos adelanta el nuevo camino a seguir en los expedientes de adquisición de nacionalidad española por residencia, clarifica muchos puntos como la validez temporal de los certificados (nacimiento, matrimonio, penales del país de origen),