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AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 3.ª, de 8 de mayo de 2019. Recurso 273/2018

Ponente: JOSE FELIX MENDEZ CANSECO
SP/SENT/1006777
 Doctrina del Tribunal Supremo sobre la valoración de la buena conducta cívica como presupuesto para el reconocimiento de la nacionalidad española
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 La condena por delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros es lo suficientemente grave como para demostrar su falta de buena conducta cívica
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El acto impugnado procede del Ministerio de Justicia y es la Resolución de fecha 18 de julio de 2017.
SEGUNDO.- Interpuesto recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo de esta Audiencia Nacional, después de admitido a trámite y reclamado el expediente administrativo, se dió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, solicitando en el suplico la estimación del recurso.
TERCERO.- Presentada la demanda, se dió traslado de la misma al Abogado del Estado, con entrega del expediente administrativo para que la contestara y, formalizada dicha contestación, solicitó en el suplico que se desestimaran las pretensiones del recurrente y que se confirmaran los actos impugnados por ser conformes a Derecho.
CUARTO.- Contestada la demanda se recibió el pleito a prueba, practicándose la propuesta y admitida a instancia de la actora, con el resultado que obra en autos
Siendo el siguiente trámite el de Conclusiones, a través del cual, las partes, por su orden, concretaron sus posiciones y reiteraron sus respectivas pretensiones quedando los autos conclusos para sentencia, señalándose para votación y fallo el día 7 de mayo de 2.019 en el que, efectivamente, se votó y falló.
QUINTO.- En el presente recurso contencioso-administrativo no se han quebrantado las forma legales exigidas por la Ley que regula la Jurisdicci