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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 1472/2019, de 29 de octubre. Recurso 1059/2018

Ponente: FRANCISCO JAVIER BORREGO BORREGO
SP/SENT/1024567
 Constituye fraude de ley solicitar protección internacional en el CIE un jueves, sin base fáctica, extemporáneamente y con intención de servirse del fin de semana, para salir de aquél y obtener una residencia provisional
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 Los efectos del incumplimiento del artículo 21 de la Ley de Asilo son aplicables a los supuestos de estancia del solicitante de Asilo en un CIE cuando tal petición de protección internacional no se haya realizado en fraude de ley
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por resolución de la Delegación del Gobierno en Melilla de 30 de marzo de 2017, previa iniciación del oportuno expediente (20/12/16) en el que formuló alegaciones el hoy recurrido, (nacido el NUM000 de 1990, en Tiaret, de nacionalidad argelina), se decretó, en base al art. 53.1.a), y conforme al art. 57.1 de la lo 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades e los extranjeros en España (en adelante, LOEX), su expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada en España durante un período de 3 años.
SEGUNDO.- La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (C.A.) de la Audiencia Nacional (A.N) dictó sentencia estimatoria "declarando no conforme a Derecho la actuación impugnada y reconocer el derecho del recurrente a que su petición sea tramitada por el procedimiento de urgencia, así como a que sea autorizada la entrada y permanencia provisional en nuestro país, sin perjuicio de lo que pueda acordarse en la resolución definitiva que se adopte en vía administrativa".
TERCERO.- El Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, presentó escrito de preparación de recurso de casación, en el cual, tras justificar el cumplimiento de los requisitos relativos al plazo, legitimación y recurribilidad de la resolución, identificó, como normas que consideraba infringidas, el artículo 21.5 de la Ley 12/2009 de 30 de octubre, reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria, efect