CARGANDO...

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 757/2013, de 9 de diciembre. Recurso 584/2013

Ponente: MARIA JOSE PEREZ TORMO
SP/SENT/814376
 Ante la clara alteración de la partida de nacimiento en la fecha, era preciso realizar pruebas periciales médicas para conocer realmente la edad de la demandante
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Los informes médicos determinan que el margen de error de la pruebas está dentro de la pauta estándar y aun así resulta que la demandante está por encima de los dieciocho años cuando se inició el expediente administrativo
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Mientras se emitió el informe médico, la interesada fue objeto de protección, atendida en un centro, por lo que en ningún caso se ha infringido la normativa de protección de menores
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El fallo de la sentencia Apelada, de fecha 8/02/13 , es del tenor literal siguiente: " FALLO : En atención a lo expuesto procede estimar la demanda interpuesta por Elvira contra la resolución de la Dirección General de Atención a la Infancia de fecha 10 de febrero de 2011 por la que se dejó sin efecto la atención inmediata acordada respecto a ella de acuerdo con el Decreto de la Sección de Menores de la Fiscalía Provincial de Barcelona de fecha 8 febrero 2011 que consideraba acreditado que la misma era mayor de edad, resolución que además resolvió cerrar y archivar su expediente de desamparo. En consecuencia procede declarar la nulidad de dicha resolución y hacer constar que la DGAIA debió mantener el expediente de desamparo por tratarse de un menor de edad inmigrante no acompañado.
Sin especial pronunciamiento en costas.
Y la parte dispositiva del Auto de Aclaración de aquélla, de fecha 18/02/2013, reza así: " Se rectifica la Sentencia dictada por este Juzgado en los presentes autos con nº 97/2013 en el sentido de hacer constar que en el encabezamiento donde dice "En Barcelona a 8 de febrero de 2011" debe decir "En Barcelona , a 8 de febrero de 2013 ", manteniéndose el resto de pronunciamientos".
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada,mediante escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria , presentándose escrito de o