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AP Barcelona, Sec. 18.ª, 805/2013, de 19 de diciembre. Recurso 1053/2012

Ponente: MARGARITA BLASA NOBLEJAS NEGRILLO
SP/SENT/816121
 Se realizaron las pruebas médicas para comprobar si el recurrente era menor de edad, y debía quedar bajo la protección de los menores, puess la partida de nacimiento aportada no cumplía los requisitos de la apostilla necesaria, art. 323 LEC
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia Apelada de fecha 19 de diciembre de 2011 es del tenor literal siguiente: "PARTE DISPOSITIVA: Que debo desestimar y desestimo la oposición formulada por Don PEDRO-MANUEL ADAN LEZCANO en representación de Don Victor Manuel respecto de la resolución dictada por la D.G.A.I.A. en fecha 21 de enero de 2011, sin imposición de costas a ninguna de las partes. "
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora, mediante escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal , presentándose escrito de oposición y elevándose las actuaciones a ésta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 17/12/2013.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Se alza el apelante contra la resolución impugnada en cuanto desestima su demanda de oposición a la resolución de la DGAIA de 21-1-2011 por la que se deja sin efecto la atención inmediata en centro acordada en resolución de 25-12-2010, de acuerdo con el Decreto de la Fiscalía de Barcelona por considerarlo adulto, solicitando se deje sin efecto, se le declare en situación de desamparo y que la DGAIA efectúe las gestiones necesarias para asumir la tutela. El Ministerio Fiscal interesó la confirmación .
SEGUNDO .- Antes de nada diremos que el apelante, Victor Manuel , ya ha alcanzado la mayoría de edad según el certificado de nacimiento por el mismo aportado; la presente sentencia se centra únicamente en el examen de la validez, legalidad o pertinencia de la resolución administrativa.
Los antecedentes básicos son los siguientes. Victor Manuel se presentó voluntariamente ante los Mossos d'Escuadra el 24-12- 2010 diciendo que era menor de edad y aportó un certificado de nacimiento conforme al cual había nacido en Ghana el NUM000 - 1993. El día siguiente la DGAIA abrió expediente de desamparo y atención inmediata en el centro El Castell. Constatado que el registro del nacimiento se realizó el 29-10-2010, (17 años de retraso) siendo el informante su madre, aunque se expidió a petición de su hermana, se le practicaron pruebas con el objeto de determinar si era o no mayor de edad. Tales pruebas, radiografía de muñeca y ortopantomografía, s