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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 257/2019, de 27 de febrero. Recurso 5809/2017

Ponente: JUAN CARLOS TRILLO ALONSO
SP/SENT/995931
 Procedente la expulsión "automática" de extranjeros residentes de larga duración condenados por delitos dolosos con penas superiores a un año, por ser una clara afección grave para el orden público y la paz social
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por la Subdelegación del Gobierno en La Rioja se dictó decreto con fecha 19 de octubre de 2016 que acordaba:
""Por cuanto antecede, resuelvo ordenar la expulsión del territorio español a Victor Manuel , con la consiguiente prohibición de entrada en España, así como en el territorio de los países firmantes del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, noruega, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia y Suiza), en aplicación de su art. 96, durante un periodo de cinco (5) años (art. 58 de la citada Ley Orgánica).
Asimismo, en aplicación de los dispuesto por el art. 57.4 de dicha Ley Orgánica, la presente resolución conlleva la extinción de la autorización de residencia de que es titular el mencionado extranjero"".
Contra dicho decreto el recurrente formuló procedimiento abreviado que fue tramitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Logroño bajo el número 2176/2016, que dictó sentencia con fecha 21 de febrero de 2017 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
""1º Desestimo el recurso.
2º Declaro justada a derecho la actuación administrativa impugnada.
3º Con imposición de cost