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TS, Sala Primera, de lo Civil, 325/2019, de 6 de junio. Recurso 3555/2016

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ
SP/SENT/1009374
 El cumplimiento del supuesto de hecho al que se anudada la cláusula penal (resolución anticipada del contrato de explotación de máquinas recreativas) impide su moderación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- La procuradora D.ª Miryan Álvaez del Valle Lavesque, en nombre y representación de la mercantil OPEMA, SA, formuló demanda de juicio ordinario contra D. Eulalio y D. Eleuterio . En el suplico de la demanda solicita:
"a) Se declare resuelto el contrato de explotación de máquinas recreativas y de azar de 7 de noviembre 2005 suscrito entre mi representada, la entidad OPEMA, SA y SERMO GRAFTO, SL, y en el que posteriormente se subrogó el demandado D. Eulalio , al haber sido incumplido por éste último.
"b) Se condene a D. Eulalio y a D. Eleuterio a pagar solidariamente a mi representada, OPEMA, SA, la cantidad de mil ochocientos euros (1.800 €;), por la parte de la prima entregada y no consumida correspondiente a los meses pendientes de cumplimiento.
"c) Se condene igualmente, a D. Eulalio y a D. Eleuterio a pagar solidariamente a mi mandante OPEMA, SA, la cantidad veintiséis mil ochocientos cincuenta y dos euros con cincuenta y nueve céntimos de euro (26.852, 59 €;).
"d) Las citadas cantidades serán incrementadas con los intereses correspondientes dese la interpelación judicial, a cuyo pago serán condenados solidariamente los demandados.
"e) Se condene a los demandados al pago solidario de las costas del presente procedimiento."
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