CARGANDO...

TS, Sala Primera, de lo Civil, 167/2021, de 24 de marzo. Recurso 2491/2018

Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
SP/SENT/1091508
 Derecho del consumidor a desistir de un contrato celebrado en su domicilio cuando el servicio está completamente ejecutado pero no se ha informado al cliente del derecho a desistir (art. 103.a del TRLGCU)
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Celebración de un contrato de corretaje en el domicilio de los consumidores: teniendo en cuenta que no fueron informados, su ejercicio del derecho de desistimiento es eficaz y no les es exigible el pago de los honorarios reclamados por la agencia
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- La sociedad Mejor Que Ayer S.L. (Superhabit, Consulting Inmobiliario) interpuso demanda de juicio ordinario contra D.ª Asunción y D. Camilo, en la que solicitaba se dictara sentencia por la que:
"se condene a los demandados a pagar a mi mandante la suma de CATORCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE (14.447,40 €;), la cual habrá de incrementarse con los intereses legales, con expresa condena en costas para los demandados, ...".
2.- La demanda fue presentada el 18 de febrero de 2015 y, repartida al Juzgado de Primera Instancia n.º 33 de Madrid, fue registrada con el n.º 236/2015. Una vez fue admitida a trámite, se procedió al emplazamiento de la parte demandada.
3.- D.ª Asunción contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitaba la desestimación de la demanda con expresa condena en costas a la actora.
4.- D. Camilo contestó también mediante escrito en el que solicitaba su absolución respecto a los pedimentos de la demanda y la desestimación de esta con expresa condena en costas a la actora. A su vez formula demanda reconvencional que es admitida mediante decreto de 13 de julio de 2015. El juzgado dictó auto de fecha 11 de noviembre de 2015 en el que declaró la nulidad del decreto, por considerar que no existía reconvención sino la alegación de nulidad absoluta del contrato de conformidad