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TS, Sala Primera, de lo Civil, 376/2021, de 1 de junio. Recurso 3242/2018

Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
SP/SENT/1101895
RESUMEN

Acción directa del subcontratista contra el dueño de la obra. Recurso extraordinario por infracción procesal: error patente y directamente verificable en las actuaciones en la valoración de un documento. Aplicación de la jurisprudencia sobre el art. 1597 CC.

 La disminución de la cantidad reclamada no contraviene la jurisprudencia sobre el art. 1597 CC, puesto que el endoso y cesión se notificaron al contratista antes que el ayuntamiento tuviera conocimiento de la reclamación
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 El pago de la novena certificación no fue con anterioridad al requerimiento notarial, por lo que dicho pago no pudo ser liberatorio para el ayuntamiento
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- El procurador D. Andreu Carbonell Boquet, en nombre y representación de Selufer Konstru S.L., interpuso demanda de juicio ordinario contra el Ayuntamiento de Tordera, el Ayuntamiento de Santa Coloma de Farners y contra Incunart S.A., en la que solicitaba se dictara sentencia por la que:
"1 .- Se declare resuelto el contrato de subcontrata de obra entre Incunart, S.A. y Selufer Konstru, S.L. para la construcción del Arxiu Comarcal de la Selva promovido por el Ayuntamiento de Santa Coloma de Farners.
"2.- Se condene a Incunart, S.A. al abono de 223.548,22 euros por los trabajos efectuados en las obras de Sils, Santa Coloma de Farners y Tordera y que reflejan las facturas debidas a que se refiere el hecho primero, incluidos gastos de devolución de los pagarés o efectos librados.
"Y solidariamente con Incunart, S.A al Ayuntamiento de Tordera respecto de la suma de 95.479,29 euros conforme al punto 2 del hecho primero.
"Y también solidariamente con Incunart, S.A. al Ayuntamiento de Santa Coloma de Farners la suma de 102.760,4 euros conforme al punto 3 del hecho primero.
"3.- Que se condene a los demandados en su respectiva responsabilidad al pago de los intereses de demora previstos en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, desde la fecha de