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TS, Sala Primera, de lo Civil, 685/2016, de 21 de noviembre. Recurso 3224/2014

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/879393
 La suite que es objeto del contrato de aprovechamiento por turnos es flotante, y el periodo se denomina semana «super red», lo que implica una indeterminación que da lugar a la nulidad radical del contrato
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 Derecho de los adquirientes a que se le devuelva el dinero entregad tras la declaración de nulidad del contrato, si bien, de forma proporcional al periodo no disfrutado en relación con la duración máxima legal de cincuenta años
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- D. Luis Francisco y Dña. Bárbara , representados por la procuradora Dña. Montserrat Costa Jou y asistidos del letrado D. Javier Correa Guimerá, interpusieron demanda de juicio ordinario contra Anfi Sales S.L., Anfi Resorts S.L. y Anfi Tauro S.A. y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideraron de aplicación, terminaron suplicando al Juzgado se dictara sentencia:
«Por la que se declare:
»1.- La nulidad de los contratos suscritos por las partes de fecha 3 de febrero de 2003 ( NUM000 ) y 22 de marzo de 2007 ( NUM001 ), así como cualesquiera otros anexos de dichos contratos, en ambos casos con obligación solidaria para las demandadas, Anfi Sales, S.L. y Anfi Resorts, S.L. en el primer caso y para las tres codemandadas en el segundo, de devolver a mis mandantes las cantidades satisfechas en concepto de pagos derivados de dichos contratos (14.814,00 libras esterlinas en el primero de ellos y 18.525,94 libras esterlinas en el segundo); con expresa condena en costas a la contraparte.
»2.- Subsidiariamente, la resolución de los contratos suscritos por las partes en fecha 3 de febrero de 2003 ( NUM000 ) y 22 de marzo de 2007 ( NUM001 ), así como cualesquiera otros anexos de dichos contratos, en ambos casos con obligación solidaria para las demandadas, Anfi Sales, S.L. y Anfi Resorts, S.L. en el primer caso y para las tres codemandadas en el segundo, de devolver a mis mandantes las