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TS, Sala Primera, de lo Civil, 256/2018, de 26 de abril. Recurso 3535/2015

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
SP/SENT/951094
 Doctrina jurisprudencial, procede declarar la restitución íntegra, ex tunc, de los intereses cobrados de más consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo más los intereses legales desde la fecha de su aplicación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El procurador D. Álvaro Moliner Gutiérrez, bajo la dirección letrada de D. Óscar Molinuevo Díez, en nombre y representación de D. Pio y D.ª. Camino , interpuso demanda de juicio ordinario en ejercicio de la acción de nulidad de cláusula contractual frente a Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad (Banco CEISS) y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que estimando la demanda:
«Se declare la no incorporación, o la nulidad de los límites mínimo y máximo establecidos para los tipos de interés variable en las escrituras hipotecarias, de 28 de septiembre de 2006, otorgada ante el notario de Burgos D. José María Gómez-Oliveros Sánchez de Rivera, a los números 6075 y 6076 de su protocolo, integrando la parte del contrato afectada por la nulidad, conforme al fundamento de derecho décimo, condenando a Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad (actualmente Banco CEISS) a estar y pasar por la anterior declaración y a restituir las cantidades cobradas indebidamente así como a pagar los intereses correspondientes desde cada fecha del indebido cobro, con expresa imposición de las costas a la demandada, todo ello por ser de justicia...».
SEGUNDO .- La procuradora D.ª. Mercedes Manero Barriuso, bajo la dirección letrada de D. Carlos Redondo Diez, en nombre y representación de Banco de Caja España de Inversi