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TS, Sala Primera, de lo Civil, de 11 de marzo de 2020. Recurso 5262/2017

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN
SP/AUTRJ/1046276
 Inadmisión de la casación: no acreditado el interés casacional por ninguna de las vías del art. 477.1.3 LEC, y aunque cita sentencias del TS se refieren al art. 96 CC que no se aplica en la sentencia recurrida sobre el desahucio por precario
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La representación procesal de D.ª Tomasa presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia de fecha 23 de octubre de 2017, dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 8.ª), en el rollo de apelación n.º 4194/2017, dimanante de juicio verbal de desahucio por precario n.º 569/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de DIRECCION000.
SEGUNDO.- Se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los representantes de los litigantes.
TERCERO.- Por escrito presentado en fecha 27 de diciembre de 2017 del procurador D. Eduardo García de la Borbolla Vallejo, en representación de D.ª Amanda y D.ª Angelica, se persona en calidad de parte recurrida. Consta la designación por el turno de oficio de la procuradora D.ª Almudena Zubiría González, para representar a D.ª Tomasa, en calidad de parte recurrente.
CUARTO.- La parte recurrente no ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por tener reconocido el derecho de justicia gratuita.
QUINTO.- Por providencia de fecha 15 de enero de 2020 se pusieron de manifiesto las posibles causas de inadmisión del recurso, a las partes personadas.
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