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SP/DOCT/119649

Opinión. Septiembre 2022

¿Por qué suele prevalecer el dictamen del perito judicial sobre el de parte?

Miguel Guerra Pérez. Director de Sepín Proceso Civil. Abogado
RESUMEN

En el presente artículo queremos poner de manifiesto la diferente valoración de los peritajes judicial y de parte y cuestionar si está justificada la práctica rituaria que frecuentemente concede mayor valor probatorio al perito judicial respecto al perito de parte, basada en la mayor “imparcialidad y objetividad” de aquel cuando los dos han prestado juramento o promesa de objetividad

In the present article we want to highlight the different valuation of judicial and party expert opinions and question whether it is justified the ritual practice that frequently grants greater probative value to the judicial expert with respect to the party expert, based on the greater "impartiality and objectivity" of the former when both have sworn an oath or promise of objectivity.

PALABRAS CLAVE

Perito judicial, perito de parte, juramento, valoración prueba pericial

Court expert, party expert, oath, appraisal of expert's evidence

I. Introducción
La prueba pericial presenta cuestiones prácticas controvertidas. Muchas han sido expuestas en este Blog de sepín Nota .
Puede afirmarse que está superada la discusión sobre la naturaleza de la actuación del perito y la vieja polémica acerca de si nos encontramos ante un auténtico medio probatorio o ante un auxiliar del juzgado ya que el Legislador procesal civil ha optado por la primera de las posturas y así en la propia Exposición de Motivos de la Ley 1/2000, de 7 de enero señala: "(...) Esta Ley se inclina coherentemente por entender el dictamen de peritos como medio de prueba en el marco de un proceso, en el que, (...) no se impone y se responsabiliza al tribunal de la investigación y comprobación de la veracidad de los hechos relevantes en que se fundamentan las pretensiones de tutela formuladas por las partes, sino que es sobre éstas sobre las que recae la carga de alegar y probar".
Postura esta que es refrendada por nuestro Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, n.º 702/2013, de 15 de diciembre de 2015 (SP/SENT/837178), que a su vez cita las STS de 27 de diciembre de 2010 y 7 de marzo de 2013.
Lo cierto es que la norma procesal, en su art. 335 LEC, concede a las partes una doble posibilidad: incorporar al proceso un peritaje de par