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SP/DOCT/83048

Artículo Monográfico. Octubre 2019

Problemática sobre el derecho de visitas

Alejandro Martín Molina Abogado. Doctor en Derecho
1.- Introducción
Cuando hablamos de la problemática que puede generar el derecho de visitas en las relaciones paterno o materno filiales en aquellas familias que sufrieron una quiebra de su relación matrimonial o de pareja, nos estamos refiriendo primordialmente a las separaciones en las que la guarda y custodia de los hijos se ha adjudicado a uno de los progenitores, puesto que en los casos en que se haya instituido una relación de custodia compartida es más difícil que se produzcan estos desencuentros que en adelante analizaremos.
Existe el deseo de que cuando se rompe un matrimonio o una relación de pareja de hecho, la vida en adelante de la pareja se desarrolle de la mejor manera posible y cuando existen hijos menores, por ellos y debido a ellos, los padres se van a tener que seguir viendo y relacionando durante muchos años. Así pues, es aconsejable tener una buena relación para que los pocos encuentros que tengan entre ellos se lleven a cabo sin disputas que originen más tensión a una relación ya de hecho difícil.
Como indica SANCHEZ URBANO Nota Es esencial entender que el derecho de visitas al que se refiere el  artículo 94   del  CC (SP/LEG/2311) es un complejo derecho-deber/derecho-funci