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TS, Sala Primera, de lo Civil, 559/2020, de 26 de octubre. Recurso 802/2020

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/1070091
RESUMEN

DERECHO DE FAMILIA. MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.

 La edad actual del menor, el nuevo horario de trabajo del padre y la existencia de una nueva hermana, provocan un cambio notorio de la situación familiar que posibilita declarar que ha producido una modificación sustancial de circunstancias
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 La Audiencia se aparta de la Doctrina de la Sala: no consta ningún dato que desaconseje la custodia compartida, hay circunstancias que aconsejan la modificación del convenio, capacidad de diálogo de los progenitores y existe una nueva hermana
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- D. Fulgencio, representado por el procurador D. Javier del Amo Artés y dirigido por la letrada Dña. Carmen Sánchez López, interpuso demanda de modificación de medidas definitivas contra Dña. Fidela y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al juzgado se dictara sentencia:
"En la que se acuerde la modificación de las medidas acordadas en los puntos segundo, tercero b), cuarto, y sexto del convenio regulador pactado por D. Fulgencio y Dña. Fidela y aprobado por sentencia de 15 de julio de 2015, acordando respecto del hijo menor las siguientes medidas:
"- Guarda y custodia de Laureano atribuida por igual a ambos progenitores, y compartida por semanas alternas, de lunes (a la salida del colegio donde le recogerá el progenitor que comience su semana de custodia, si es día lectivo; o desde las 17,00h. si por no ser lectivo, ha de recogerle en el domicilio del progenitor con quien se encuentre el menor) a lunes (a la entrada del colegio, donde le dejará el progenitor que finalice su semana de custodia si es día lectivo, o a las 10,00h. de la mañana si por ser día no lectivo, ha de entregar al menor en el domicilio del otro progenitor); y estableciendo como visita intersemanal para el no custodio en cada semana, la tarde del miércoles desde la salida del colegio (o desde las 17,00h. si es día no lectivo) hasta la mañana del jueves, que será acompañado al centro escolar (o ha