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TS, Sala Primera, de lo Civil, 182/2016, de 18 de marzo. Recurso 649/2014

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
SP/SENT/847079
 Es correcta la revocación de la donación realizada conforme al art. 644 CC por supervivencia de hijos, sin que se haya acreditado la existencia de pactos, sin que se prejuzgue el derecho a solicitar la modificación de medidas tras esta revocación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-
1.- La procuradora doña Cristina Panadés Pinilla, en nombre y representación de don Serafin interpuso demanda de juicio ordinario, contra doña Elisenda y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que:
«...La REVOCACIÓN de la DONACIÓN realizada el día 18 de enero de 2007 en la notaría de don Juan Manuel Clemente González, número 71 de Protocolo sobre las fincas relacionadas en el Hecho Primero, debiendo la demandada estar y pasar por esta declaración.
»La condena a abonar a mi representado en concepto de daños y perjuicios la cantidad de 500 Euros mensuales, más el IPC y los intereses legales a partir de la notificación de la presente demanda.
»Condena en costas.
Y SUBSIDIARIAMENTE
» La obligación de restitución del valor de la mitad indivisa de los inmuebles descritos en el Hecho primero de la demanda, por importe de 183.283,75 euros más los intereses de demora más daños y perjuicios con condena en costas».
2.- La procuradora doña Eva Gutiérrez Robles, en nombre y representación de doña Elisenda , contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia por la que:
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