CARGANDO...

TS, Sala Primera, de lo Civil, 277/2016, de 25 de abril. Recurso 2351/2015

Ponente: ANTONIO SALAS CARCELLER
SP/SENT/851316
 La diferencia entre la pensión alimenticia fijada para los hijos habidos del primer matrimonio y los de la segunda relación estriba en que son distintas las necesidades de unos y otros
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Se rechaza el motivo que se formula al amparo del principio de igualdad de los hijos ante la ley
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Atribución del uso de la vivienda familiar al padre, en virtud del acuerdo de la pareja y obligación de pagar 700 euros mensuales para el arrendamiento de vivienda por los hijos y la madre hasta que el menor de ellos alcance la mayoría de edad
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- 1.- Por la representación procesal de doña Macarena , se presentó demanda de juicio verbal contenciosa para el establecimiento de relaciones paterno-filiales y reclamación de alimentos a favor de los hijos menores de edad contra don Leoncio , y tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó suplicando al Juzgado que:
«... dicte en su día Sentencia por la que estimando la presente demanda se acuerde:
»1º.- Se atribuya la guarda y custodia de los hijos menores de edad a la madre, siendo el ejercicio de la patria potestad compartido por ambos progenitores.
»2º.- Se reconozca a favor de D. Leoncio un derecho de visitas de sus hijos Nicanor y Pura , confirmándose el que fue establecido en el auto de Medidas Previas.
»3º.- El establecimiento de una pensión de alimentos en favor de los menores de MIL SETENTA EUROS (1.070 €.-) mensuales a favor de cada uno de ellos, esto es DOS MIL CIENTO CUARENTA EUROS (2.140€) mensuales en total, a cargo del demandado D. Leoncio , sin perjuicio de que los datos que puedan conocerse durante el procedimiento y, en atención al interés público inherente a la petición, se estime fijar una cuantía superior en beneficio de los menores.
»La cuantía que finalmente se establezca habrá de hacerse efectiva a mi mandante en la cuenta corriente que éste desig