CARGANDO...

TS, Sala Primera, de lo Civil, 513/2017, de 22 de septiembre. Recurso 1886/2016

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/919373
 Siendo la custodia de los menores compartida no puede atribuirse el uso de la vivienda a uno solo de los progenitores de forma indefinida, así se fija un plazo de dos años desde esta sentencia en el uso, pasando la vivienda a su exclusivo titular
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- Dña. Loreto , representada por la procuradora Dña. María de la Cinta Pérez Hernández, y asistida del letrado designado de oficio D. José Luis Iglesias Calvo, interpuso demanda de juicio sobre modificación de medidas definitivas recaídas en autos de familia, contra D. Luis Miguel y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia interesando:
«Que mi mandante pueda viajar con sus hijas menores una vez al año y en período coincidente con el de sus vacaciones escolares, sin necesidad de tener el permiso del padre de las menores, dejándose, en consecuencia, sin efecto el acuerdo de retirada de los pasaportes de ambas menores y la consecuente prohibición de expedición de otros nuevos, todo ello con expresa imposición de costas a la contraparte si se opusiese a esta justa petición».
2.- Admitida la demanda por los trámites de juicio verbal con las especialidades previstas en el art. 753 de la LEC , y emplazadas las partes, el Ministerio Fiscal se personó y contestó a la demanda con los hechos y fundamentos jurídicos que estimó procedentes solicitando se dicte:
«Sentencia conforme a derecho, de acuerdo con lo que resulte acreditado en la fase probatoria del presente procedimiento».
3.- El demandado D. Luis Miguel , representado por el procurador D. Fernando Izquierdo Beltrán y bajo