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TS, Sala Primera, de lo Civil, 593/2018, de 30 de octubre. Recurso 1383/2018

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
SP/SENT/978084
 Se desestima el recurso y se deniega una guarda y custodia "cuasi compartida", pues no existe un proyecto claro de lo que es y cómo se va a desarrollarse más allá de un simple reparto de tiempos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- 1.º- La procuradora doña Teresa Luna Macías, en nombre y representación de doña Belinda, interpuso demanda de juicio de divorcio, contra don Rodolfo y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia en el sentido siguiente:
"se declare el divorcio de los esposos doña Belinda y don Rodolfo, oficiándose al Registro Civil para la anotación de su parte dispositiva en la inscripción del matrimonio, y se acuerden las medidas definitivas solicitadas".
2.º- El Ministerio Fiscal presentó escrito contestando la demanda y alegando los hechos y fundamentos que estimó de aplicación, terminó suplicando se dicte sentencia conforme a lo que resulte probado y en base a los preceptos invocados.
3.º- La procuradora doña María Dolores Bernal Gutiérrez, en nombre y representación de don Rodolfo, contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación terminó suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia por la que:
"se declare el divorcio de los esposos don Rodolfo y doña Belinda, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración y acordando no ha lugar a las medidas solicitadas por la madre y acordar con carácter definitivo las siguientes medidas:
"1.º- Disolución del vinculo matrimonial por divorcio y del régimen e