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AP Granada, Sec. 2.ª, 366/2018, de 3 de julio. Recurso 114/2018

Ponente: JUAN CARLOS CUENCA SANCHEZ
SP/SENT/978110
 Se absuelve al padre del delito de abandono de familia por el impago de los alimentos al haberse dado el cumplimiento parcial de su obligación conforme a lo pactado en convenio pues le permitía no pagar alimentos si abonaba al 100% la hipoteca común
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal número Cinco de Granada se dictó sentencia con fecha 29 de diciembre de 2.017, en la cual se declaran probados los siguientes hechos:
"Que el día 20 de septiembre de 2.013 se dictó sentencia por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada, en los autos 850/13 por la que se acordaba la disolución por divorcio del matrimonio formado por Doña Raimunda y Don Saturnino y se aprobaba el convenio regulador suscrito por ambos cónyuges por el que se acordaba atribuir a la madre la guarda y custodia sobre los dos hijos de la pareja, debiendo el padre abonar, para atender las necesidades de sus hijos, la cantidad de 175 euros mensuales para cada uno de ellos, lo que hace un total por este concepto de 350 euros mensuales, cantidad que se actualizará conforma a los incrementos del índice de coste de la vida del Instituto Nacional de Estadística, siendo los gastos extraordinarios por mitaD.
Saturnino no ha abonado la pensión establecida entre octubre de 2.015 y marzo de 2.017 pese a contar con recursos suficientes para hacer frente al pago de la pensión establecida".-
SEGUNDO.- La parte dispositiva de dicha resolución expresa textualmente: " Que debo condenar y condeno a Saturnino como autor criminalmente responsable de un delito abandono de familia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena