Artículo Monográfico. Marzo 2021
Aproximación a los estándares internacionales ante la futura reforma de los delitos de expresión
Silvia Muñoz Mesa. Fiscal de la Fiscalía Provincial de Jaén. Miembro de la Asociación de Fiscales
RESUMEN
Según los estándares internacionales la libertad de expresión, como derecho no absoluto sino limitado puede someterse a restricciones que, sin embargo, deben tener carácter excepcional y colmar las exigencias de lo que la jurisprudencia europea e Interamericana han denominado test tripartito, resultando legítimo el uso de Derecho Penal para castigar ciertos supuestos de ejercicio desbordado del derecho. En este panorama, tanto España como la mayoría de países de su entorno han tipificado los llamados delitos de opinión.
ABSTRACT
According to international standards, freedom of expression, being not an absolute but limited right, may be subject to restrictions which must be nevertheless exceptional in nature and meet the requirements of what European and Inter-American jurisprudence has called tripartite testing, under which the use of criminal law is legitimate to punish certain cases of abusive exercise of law is. In this context, both Spain and most neighbouring countries have criminalized the so-called crimes of opinion.
PALABRAS CLAVE
libertad de expresión, delitos de opinión, estándares internacionales, test tripartito, enaltecimiento del terrorismo, injurias a la corona, delitos de odio
KEYWORDS
freedom of expression, crimes of opinion, international standards, tripartite testing, terrorism assault, insults to the crown, hate crimes