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SP/DOCT/22507

Opinión. Marzo 2017

Caso Nóos: Doña Cristina de Borbón condenada civilmente como “partícipe a título lucrativo”

Roberto Guimerá Ferrer-Sama. Director Técnico de Sepín Penal. Abogado
Introducción
Ya ha llegado la esperada Sentencia del llamado "caso Nóos", tras siete meses de estudio y redacción. Setecientas cuarenta y dos páginas (742) de resolución que exigen un buen tiempo de atenta lectura y digestión. Las condenas y absoluciones no han dejado indiferente a la opinión pública, principalmente en lo que se refiere al matrimonio Urdangarín-Borbón. Sin embargo, creo necesario empezar rompiendo una lanza por las tres Magistradas redactoras de la sentencia, quienes han llevado a cabo un exhaustivo estudio fáctico y jurídico del asunto, con independencia de la valoración jurídico-penal que pueda hacerse respecto a concretos pronunciamientos, que, sin duda, serán objeto de recurso de casación por algunas de las partes.
La Audiencia Provincial de les Illes Balears concluye el procedimiento en primera instancia condenando penalmente a siete de los acusados y absolviendo a once. Los dos principales encausados en este asunto, los señores Torres y Urdangarín, han resultado considerados autores de diversas conductas delictivas y, en consecuencia, han sido condenados penal y civilmente. Sus respectivas esposas, las señoras Tejeiro y de Borbón, finalmente fueron absueltas de los delitos por los que estaban acusadas, pero han sido condenadas como responsables civiles en calidad de "partícipes a título lucrativo". A esta figura jurídica nos queremos referir en las presentes líneas, en relación co