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SP/DOCT/22605

Artículo Monográfico. Marzo 2017

El intrincado laberinto del incidente de nulidad de actuaciones

José Antonio Martín Pallín. Magistrado emérito del Tribunal Supremo. Comisionado español de la Comisión Internacional de Juristas (Ginebra). Abogado de Lifeabogados
Articulación legislativa del incidente de nulidad de actuaciones como mecanismo de amparo judicial frente a la vulneración de derechos fundamentales
1. Introducción
Tanto la doctrina como la jurisprudencia venían reclamando un desarrollo legislativo del art. 53.2 de la Constitución Española (en adelante CE; –SP/LEG/2314-). El legislador, por medio de la Ley Orgánica 5/1997, de 4 de diciembre, de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Judicial (en adelante LOPJ; –SP/LEG/2015–), fue sensible a estas peticiones e introdujo el incidente de nulidad de actuaciones por vulneración de derechos fundamentales, a través de la modificación en profundidad del entonces vigente, art. 241 LOPJ.
Dicha ley, en su Exposición de Motivos, pone de manifiesto lo que el propio Tribunal Constitucional ya había criticado; la ausencia de desarrollo legal del art. 53.2 CE respecto al régimen de denuncia de la nulidad de pleno derecho de las actuaciones procesales realizadas en vulneración del art. 24.1 CE, una vez dictada una "sentencia definitiva".
Coherentemente, en la citada reforma, el legislador recuerda que "(…) la protección y garantía de los derechos fundamentales no es una tarea única del Tribunal Constitucional, sino que los Tribunales ordinarios desempeñan un papel esencial y crucial en ella. Por ello, y con la intención de aumentar las facultades de la jurisdicción ordinaria para la tutela de los derechos fundamentales se modifica el incidente de nulidad de actuaciones del artículo 241.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio. De este modo se introduce una configuración del incidente de nu