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SP/DOCT/81171

Opinión. Diciembre 2018

¿Cuántas veces se ha aplicado en España la pena de prisión permanente revisable?

Roberto Guimerá Ferrer-Sama. Director Técnico de Sepín Penal. Abogado
No es la primera vez que abordamos la controvertida pena de prisión permanente revisable (SP/DOCT/74330), introducida en nuestro Código Penal por las Leyes 1/2015 y 2/2015. Su inclusión en nuestro texto punitivo no ha conseguido zanjar la polémica; desde el punto de vista político, los partidos conservadores abogan por su mantenimiento y, los progresistas, por su derogación. Ya desde su promulgación, estos últimos formularon un recurso de inconstitucionalidad frente a la introducción de dicha pena, recurso que fue admitido a trámite por el Tribunal Constitucional en el verano de 2015, pero que, a día de hoy, aún se encuentra pendiente de resolver. Es más, durante la anterior legislatura conservadora, los partidos "de derechas" propugnaron una ampliación de los supuestos actualmente vigentes a otros también especialmente graves, y, frente a ello, los partidos "de izquierdas" propusieron su íntegra derogación.
El cambio de legislatura tras la moción de censura, en que el actual gobierno tiene un cariz progresista, ha vuelto a avivar la polémica sobre esta nueva modalidad de pena. Hace unos días, la prensa dio cuenta de la reunión que mantuvieron el padre de Diana Quer y la presidenta de la asociación "Clara Campoamor" con la Ministra de Justicia, en la que aquel pidió que no se abordara "en caliente" esa pretendida derogación. De todas formas, con la actual aritmética parlamentaria y política de consensos, no veo con claridad que hoy por hoy se