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SP/DOCT/93316

Jurisprudencia Comentada. Febrero 2020

Motivación de las sentencias absolutorias TS, Sala Segunda, de lo Penal, 603/2019, de 5 de diciembre SP/SENT/1028746

Eduardo de Urbano Castrillo. Magistrado de la Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Madrid. Doctor en Derecho
HECHOS
Confirma el Tribunal Supremo una absolución de un delito de estafa, saliendo al paso de un recurso que se quejaba de la motivación empleada para apoyar la sentencia absolutoria.
DOCTRINA
Cuando se dicta una sentencia absolutoria es obligación del órgano sentenciador proporcionar una explicación comprensible del porqué de tal decisión, en aquellos supuestos en los que se haya presentado una prueba de cargo consistente.
OBSERVACIONES
La estructura bilateral del proceso supone que hay que atender los derechos procesales de las dos partes, entre los cuales uno de los más relevantes es que "las sentencias serán siempre motivadas", art. 120.3 CE.
El alcance de la motivación no exige una determinada extensión ni acierto sino tan solo que contenga un razonamiento con "suficiente motivación de la decisión adoptada" (STC 175/1992, de 2 de noviembre).
Y en cuanto a las sentencias absolutorias, la STS 1043/2012, de 21 de noviembre, dijo que el nivel de motivación "es menos intenso que el de las condenatorias" pero también precisan de una motivación que resulte razonable porque la obligación constitucional de motivar las sentencias, no excluye a las sentencias absolutorias ya que la tutela judicial efectiva también corresponde a las acusaciones en cuanto al derecho a una resolución fundada que evite todo asomo de arbitrariedad y por tanto, cause la indefensión, prohibida en el art. 24. 1 "in fine" CE.
En el caso se desestima el recurso que cuestionaba la fundamentación de la sentencia porque lo único que no puede aceptarse como suficiente es "la expresión desnuda y simple de la duda", pues se requiere la existencia añadida de algún dato o elemento, explícito o implícito, pero siempre accesible, que permita una explicación comprensible de la desestimación de las pruebas de la acu