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AP Zaragoza, Sec. 6.ª, 71/2020, de 20 de febrero. Recurso 46/2020

Ponente: MARIA PILAR LAHOZ ZAMARRO
SP/SENT/1044856
 El acto de la sustracción de los efectos en el que inicialmente no se empleó la fuerza, provoca la calificación de robo con violencia o intimidación por la violencia verbal posterior a la aprehensión que ejerció la acusada sobre la víctima
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- En el citado Juzgado recayó sentencia en fecha 26-11-2019 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"Que debo condenar y condeno a Clemencia como autora penalmente responsable de:
- un delito de robo con intimidación en establecimiento abierto al público (en horas de apertura y de menor entidad) en grado de tentativa previsto y penado en los arts 237 , 242.1. 2 y 4 y 16 del Código Penal , concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia prevista en el art. 22.8 del mismo texto legal , a la pena de UN AÑO Y CINCO MESES DE PRISIÓN y accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y
- dos delitos leves de lesiones previstos y penados en el art. 147.2 del mismo texto legal , concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia prevista en el art. 22.8 ya referida, a la pena, por cada uno de ellos, de UN MES Y DIECISEIS DÍAS DE MULTA con una cuota diaria de TRES EUROS (en total 276 euros) sin perjuicio de la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago o insolvencia que prevé el art. 53.1 del Código Penal (consistente en un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas).
Y debo condenar y condeno a Coral como autora penalmente responsable de:
- un delito de robo con intimidación en establecimiento abierto al público (en horas de ap