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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 132/2020, de 5 de mayo. Recurso 2918/2018

Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
SP/SENT/1047456
 El acusado era usuario de la web y también compartía material pornográfico de menores en actitud degradante, con el consiguiente menoscabo de la indemnidad sexual de los menores, lo que hace aplicable el art. 189.1.b) CP
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 El dolo de difusión se integra con la pertenencia a los grupos de intercambio de material pedófilo, con una activa labor de recepción y difusión
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 No es aplicable la agravación por utilización de menores de trece años a quien no participa en el primer escalón productor o distributivo del material pedófilo
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 Agravación de la distribución de material pedófilo particularmente degradante o vejatorio, por ser el acusado el administrador del grupo en el que se publicaban estas imágenes
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado Mixto nº 3 de DIRECCION000 instruyó procedimiento abreviado nº 2044/2014 contra D. Teofilo y, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 15ª, que con fecha 28 de marzo de 2018 dictó sentencia que contiene los siguientes Hechos Probados: "El acusado, Teofilo, con DNI NUM000, nacido el NUM001- 1985, mayor de edad y ejecutoriamente condenado por la audiencia provincial de Madrid sección número 17 en sentencia de fecha 23-04-2009 por un delito de distribución y tenencia de material pornográfico de menores de los artículos 189.1b y 189.2 del CP a la pena de 1 año de prisión, tenía almacenados en su domicilio sito en la c/ DIRECCION001 numero NUM002 de DIRECCION000, un pen drive NUM003 de color negro, otro pen drive cinta aislante negra y otro pen drive NUM004 de color plata, que contenían archivos informáticos en los que se representaban a personas menores de edad desnudas, realizando prácticas de naturaleza sexual con más de 800 imágenes y 24 videos, muchas de las cuales muestran a bebes forzados a realizar felaciones y que terminan con la eyaculación del adulto en rostro del menor y preadolescentes penetrados analmente. Dichos archivos se encontraban localizados en los pen drive descritos que son efectos todos ellos propiedad del acusado, que fueron intervenidos el día 25 de noviembre de 2014 por los agentes actuantes con ocasión de la diligencia de entrada y registro autorizada mediante auto del juzgado de instrucción n° 3 de DIRECCION000 de fecha 21 d